Resumen: El subarriendo de un local para el ejercicio de la restauración no contempla en el contrato el derecho de cambiar la actividad sin el consentimiento de la subarrendadora. Tampoco estaría obligado el subarrendatario a cambiar esa actividad ante la prohibición del ejercicio de la actividad de restaurante debido a la pandemia. La audiencia repasa la legislación COVID y concluye que no está pensando en en plano de incumplimiento contractual ni de fuerza mayor, sino en la modulación de obligaciones contractuales referida a la modulación del pago de rentas. Tampoco considera que sea imputable al arrendador el no mantener al subarrendatario en el goce pacífico del local cuando la causa de su inactividad no es responsabilidad de dicho arrendatario-subarrendador. Por tanto, el Código civil no ofrece respuesta a la cuestión. Tampoco se puede aplicar la regla rebus sic stantibus cuando se puede acudir a las cláusulas contractuales, que permiten una modulación de la renta en determinadas circunstancias. En este caso, el pago de una renta mínima. En definitiva, el arrendatario-subarrendador no es responsable de la situación creadas al subarrendatario por la pandemia.
Resumen: PRIMERO: Ejercita la parte actora en este Procedimiento, acción de reclamación de cantidad, por importe de 782,73 Euros, en base a los siguientes hechos: el demandante tenía contratado con la demandada los vuelos detallados en el Hecho Primero de la Demanda. Poco antes de la salida del vuelo de ida, el demandante fue informado que debido a la pandemia provocada por el COVID-19, se vuelo de ida y vuelta habían sido cancelados, no ofreciendo alternativa alguna de vuelo.
Resumen: La AP desestima el recurso del condenado por el Juzgado de lo Penal como autora de un delito de atentado en concurso con dos delitos leve de lesiones. Planteado como motivo principal de la vulneración de la presunción de inocencia por errónea valoración de la prueba, la Sala destaca tanto que se practicó prueba de cargo con todas las garantías como que la misma fue valorada conforme a las reglas de la lógica y de la experiencia, Fueron contundente los testimonios de los agentes policiales sin que la acusada considerase oportuno acudir al juicio oral para exponer una explicación razonable de lo ocurrido. En cuanto al importe de la cuota diaria de la pena de multa (seis euros) se considera proporcionada al no haberse acreditado que la recurrente se hallase en una situación de extrema indigencia que justificase la imposición de la cuota en su mínima extensión.